Cree el aldeano vanidoso que el mundo entero es su aldea, y con tal que él quede de alcalde, o le mortifique al rival que le quitó la novia, o le crezcan en la alcancía los ahorros, ya da por bueno el orden universal, sin saber de los gigantes que llevan siete leguas en las botas y le pueden poner la bota encima, ni de la pelea de los cometas en el Cielo, que van por el aire dormidos engullendo mundos. Lo que quede de aldea en América ha de despertar.

- José Martí

Monday, February 8, 2010

Parte 2: "Los enredos del ELA que Queremos (y cómo evitarlos)"

Este artículo fue escrito por Joel Colón Ríos y publicado en la edición de Claridad del 4 febrero de 2010. Lo hemos dividido en dos partes.

¿Cómo definir entonces la soberanía? Sugiero la siguiente definición, que es simplemente una manera más sencilla de expresar la idea contenida en la definición utilizada hasta ahora por independentistas y libre-asociacionistas, pero tiene la virtud de dejar menos espacio para la confusión y la demagogia. Soberanía es la facultad de estar sometido solamente a las leyes creadas por uno mismo. Así, un país es soberano si tiene el poder exclusivo de legislar para su territorio. ésta no es para nada una definición novel, es de hecho la manera que juristas alrededor del mundo utilizan para distinguir entre colonias y países soberanos. Preguntarse si Japón es o no soberano es preguntarse si en Japón aplican o no aplican las leyes adoptadas por la legislatura de otro país. De igual forma, la descolonización (en el sentido legal) es usualmente definida como la transferencia total de los poderes legislativos del ex-imperio a la ex-colonia. En ese sentido, para ser soberano no basta haberse organizado políticamente sin intervención extranjera, sino que el producto de ese acto de organización política tiene que ser consistente con la idea de soberanía, con el principio de estar sometido solamente a las leyes creadas por uno mismo.


Esto no quiere decir que un grupo de países no pueda establecer –mediante un tratado internacional– instituciones autorizadas a crear normas vinculantes para dicho grupo de países, como hoy día ocurre en la Unión Europea. Un arreglo como ése no implica, por ejemplo, que algunas o todas las leyes de Francia apliquen en Alemania, pues eso convertiría a Alemania en una colonia francesa. Por el contrario, se trata de que Alemania y Francia, junto a los demás países de la Unión Europea y a través de instituciones conformadas por representantes de cada uno de esos países, crean normas vinculantes para ellos mismos, es decir, para todos los ciudadanos europeos.

El que un país soberano no pueda estar sometido a las leyes de un país extranjero tampoco quiere decir que no pueda delegar a una ex-metrópoli el ejercicio de funciones tradicionalmente asociadas con la independencia. Por ejemplo, mediante un tratado de libre asociación (fórmula política que como independentista yo no favorezco) podría acordarse que, a petición de la ex-colonia, la ex-metrópoli pueda representar a ésta en algunas organizaciones internacionales. También puede acordarse que en caso de un ataque militar, la ex-metrópoli asuma la defensa de la ex-colonia. Todas esas cosas a mi juicio son innecesarias en Puerto Rico, muchos menos en el Siglo XXI, pero reconozco que, en términos jurídicos, son consistentes con la idea de soberanía. Lo que no puede hacerse es utilizar un tratado de libre asociación para delegar en la metrópoli el poder de seguir legislando sobre el territorio, aunque sea sobre determinadas áreas. Hacer eso es meramente poner en blanco y negro las bases de una relación colonial; algo así como si un esclavo, al momento de ser declarado hombre o mujer libre, firma un contrato de esclavitud con su amo.

Definir la soberanía como la facultad de estar sometido solamente a las leyes creadas por uno mismo nos permite salir fácilmente de los enredos de El ELA que Queremos. La concepción de la soberanía hasta ahora utilizada por independentistas y libre-asociacionistas no es inmune a los errores cometidos por el Lcdo. Nieves, y por eso debemos superarla y suplementarla. El Lcdo. Nieves creyó que un pueblo soberano puede ceder a otro país el derecho a crear leyes y reglamentos que regulen la vida de sus ciudadanos. Creyó que los puertorriqueños pueden ejercer su derecho “a organizarse políticamente sin intervención extranjera” para subordinarse políticamente a Estados Unidos mediante un pacto de asociación. Creyó que el derecho a la libre determinación puede usarse para entregar la soberanía. Creyó todas esas cosas y se equivocó. Abrió un poco más la puerta para que se adopte una visión de un Puerto Rico “soberano” conforme a la cual podrían aplicar en nuestro país leyes y reglamentos de Estados Unidos sobre áreas acordadas en un pacto de asociación (áreas que podrían ser tan amplias o tan estrechas como la mentalidad colonial del que lo redacte). Contribuyó a la legitimación y a la re-producción del colonialismo en Puerto Rico mediante la defensa de un nuevo arreglo político que, de convertirse en una realidad, ratificaría nuestra situación de subordinación política.

Sin embargo, debemos agradecerle al Lcdo. Nieves el haber facilitado el desarrollo de un debate que ayude a evitar un posible Tratado de Libre Asociación con Estados Unidos que contenga cláusulas como las siguientes: (a) Como parte del compromiso de ambos pueblos a mantener los más altos estándares de protección ambiental, continuarán aplicando en Puerto Rico todas las leyes y reglamentos ambientales estadounidenses; (b) Como parte del compromiso de ambos pueblos en la lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado, las normas de derecho penal federal seguirán aplicando en Puerto Rico, y el FBI y el Tribunal Federal seguirán operando en la isla. Y así por el estilo. Ojalá que, al ver el claro potencial colonial que tiene su visión del ELA Soberano, el Lcdo. Nieves y aquellos que con él comulgan, cambiaran de opinión, abandonaran de una vez por todas sus ataduras partidistas, y redirigieran sus energías en contra del colonialismo. Sin embargo, quizás no hagan otra cosa que buscar nuevas justificaciones para sus propuestas, nuevos y viejos miedos con los cuales defender renovadas formas de subordinación política.

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